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Mostrando entradas de octubre, 2010

Municipios Foráneos y Juntas Comunales como antecedentes de las Parroquias y las Juntas Parroquiales.

La Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1978 registra el nombre de una figura llamada Junta Comunal en el Título IV del Capítulo VI denominado: De la Organización y Funcionamiento de la Junta Comunal, lo interesante es que los 5 artículos que se agrupan en ese Capítulo hablan de Junta Municipal en lugar de Junta Comunal. Esa Junta era definida como una instancia con facultades administrativas y de prestación de aquellos servicios que a tal fin le atribuyera el Concejo Municipal vía Ordenanza; esa Ley de 1978 señala que la Junta Municipal tenía la facultad de elevar al Concejo Municipal las aspiraciones de la comunidad que se relacionaran con la prioridad y urgencia de la ejecución, reforma o mejora de las obras y servicios locales de su jurisdicción, y que requerían una especial atención, anexando los informes y propuestas pertinentes. Esta facultad luego será asumida por la Parroquia en los artículos 76 y 77 de la reforma a Ley Orgánica del Régimen Municipal del 10 de octubre de 198

¿Cómo llegamos al Municipio que hoy conocemos?

La Constitución de 1961 establecía que hasta tanto no se publicara la Ley Orgánica del Régimen Municipal permanecían vigentes las normas sobre el municipio contenidas en la Constitución de 1953, recordemos que en ese texto constitucional el Municipio era parte del Distrito y que los Distritos reunidos configuraban un Estado. Transcurrieron 17 años para que se cumpliera el mandato constitucional de legislar en materia municipal, es así como en Gaceta Oficial No. 2.397 de fecha 18 de agosto de 1978 se publica la primera Ley Orgánica del Régimen Municipal, la cual es reformada en los años 1984, 1988, 1989 y por último en el 2005 a través de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Por lo tanto podemos decir que desde 1978 y hasta el año 2010 han pasado algo más de 30 años en los cuales el Municipio ha sufrido un proceso de evolución que hoy se detiene y que amenaza seriamente su futuro; veamos algunos cambios: 1- El Municipio como división política territorial de un Distrito, que a

Parroquias, Juntas Parroquiales, Consejos Comunales y Tributos.

En el año 2005 me correspondió participar como asesor en una propuesta de Ordenanza para Juntas Parroquiales en el Municipio Chacao, estaba recién entraba en vigencia la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en la cual la Parroquia abandonaba su condición de actor para la descentralización y pasaba a ser un actor para la desconcentración de la gestión municipal. Cuando analizábamos las atribuciones que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal atribuía a las Parroquias, concluíamos que en esencia seguía siendo una instancia auxiliar del gobierno local, lo cual exigía un espacio de encuentro y trabajo permanente con el gobierno municipal para poder ser efectivos en el desarrollo de una gestión que a través de la Junta Parroquial, como responsables de la gestión parroquial, lograse hacer sentir al ciudadano más cercano a la información y a la propia gestión municipal. El artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal le asignaba varias atribuciones a la Parroquia,

Las elecciones locales, el TSJ y las Comunas,

Con fecha 17 de octubre de 2010, Eugenio Martinez, en El Universal analiza el tema de las elecciones locales y al respecto se pregunta, la última vez que los venezolanos designaron a sus representantes locales fue el 7 de agosto de 2005. ¿Cuándo será la próxima? La respuesta a esta interrogante pasa, al menos, por consideraciones técnicas y políticas que deben realizar en el CNE, la Asamblea Nacional y en la Sala Constitucional del TSJ. Los cinco años de mandato de los actuales concejales -la Constitución establece cuatro años- crean distorsiones políticas importantes. Un caso emblemático se encuentra en el municipio Sucre del estado Miranda, en el cual la oposición al Gobierno de Hugo Chávez ha crecido sostenidamente desde 2007, provocando que el chavismo perdiera en esta jurisdicción en todos los procesos electorales -incluidas las elecciones parlamentarias- que se han convocado en los últimos tres años. No obstante, el actual alcalde, Carlos Ocariz (PJ) -electo el 23 de noviembr

Sólo porque hay elecciones vuelve a recordarse dónde no se han creado las Juntas Parroquiales.

El Universal con fecha 17 de octubre de 2010, informa que existen 156 capitales de municipios -distribuidas en 11 estados- en las cuales nunca se han constituido gobiernos de ámbito parroquial. Este es el caso -por mencionar sólo cuatro ejemplos- de La Victoria (Aragua), Puerto La Cruz (Anzoátegui), Porlamar (Nueva Esparta) o San Antonio (Táchira). Si se analiza este fenómeno se descubre que en 50 municipios (15% de las jurisdicciones del país) no existen parroquias formalmente constituidas lo que complicaría la definición de circunscripciones de votación para una eventual convocatoria de comicios locales porque la nueva Ley Orgánica de Procesos Electorales permite la creación de circuitos empleando el ámbito territorial de las comunas. La nota de prensa señala que la ausencia de juntas parroquiales dificulta la conformación de los consejos locales de planificación, instancia prevista en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Loppm) vigente desde el 8 de junio del 2005 y en la

Curso de urbanismo para ciudadanos.

Con fecha 17 de octubre de 2010, Delia Meneses, escribe en El Universal, una nota de prensa informando sobre el Curso de Urbanismo para Vecinos que se realizó en Caracas, organizado por el Instituto de Urbanismo de la Alcaldía Metropolitana, la Universidad Simón Bolívar y la Escuela de Vecinos, en el cual lograron reunir en un mismo escenario a líderes comunitarios de todos los sectores de Caracas. Los sectores que participaron fueron: Catia, El Cafetal, La Urbina, Alto Prado, Mariches, El Marques, Colinas de Bello Monte, Antímano, Santa Sofía, Caricuao entre otros. Reunidos en grupos de cinco se conformaron las mesas de trabajo. El objetivo de la primera sesión (son seis en total y transcurrirán cada sábado hasta el 20 de noviembre) fue debatir sobre la participación y la organización comunitaria para vivir e influir en la ciudad. Nélida Torres, vecina de Carapita, se enteró de que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal contempla hasta 12 maneras de participación ciudadana. Ca

David Ludovic se pregunta como muchos ¿Y los Concejales?

David Ludovic Jorge con fecha 14 de octubre de 2010 en Tal Cual Digital se pregunta:  ¿Y los concejales? El artículo lo transcribo textualmente del portal web: De sus trece integrantes, Flavia Martineau es la única miembro opositora del Concejo Municipal de Sucre, en el estado Miranda. Los restantes doce pertenecen al oficialismo y han dedicado los últimos dos años de su gestión (desde que ganó Carlos Ocariz en 2008) ha restringir e imposibilitar la labor del alcalde, según la propia Martineau ha denunciado. Su caso, aunque emblemático por capitalino, no es el único. La falta de elecciones de los miembros de concejos municipales desde agosto de 2005 fecha en la que se escogió por última vez a los miembros de estos cuerpos deliberantes ha originado que las realidades políticas de varios municipios del país no se correspondan con la representatividad de las tendencias opositoras y oficialistas en dichas instancias. Esa es una de las razones por la que el coordinador de Asuntos

Mimos para la educación vial en Municipiio Sucre.

Con fecha 14 de octubre de 2010, El Universal informa en su portal digital, la iniciativa en Alcaldía Sucre que utilizar Mimos en la formación Vial. La nota informa que la Dirección de Cultura de la alcaldía de Sucre busca combatir el caos vial con pantomima. Y para este fin surgió la Escuela de Mimos que inició su segunda temporada de formación con 20 alumnos. La meta es educar entre 35 y 50 jóvenes de la ciudad en las artes interpretativas, en el lapso que va de octubre a diciembre. Cuando culminen su formación, que dura tres meses, estarán preparados para sumarse al programa de educación vial y ciudadana "Para, Mira y Cruza", que consiste en utilizar mimos y payasos para recordar la manera correcta de cruzar la calle o la importancia de detenerse ante una luz roja. Los instructores son los esposos Mario Sudano y Desirée Monasterios. Mientras él enseña las técnicas de mimo y payaso, ella imparte las clases de actuación. "La mayoría de los alumnos son adolescentes si

Parroquias, Juntas Parroquiales y la participación ciudadana.

Desde que en la Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1988 apareció la figura de la Parroquia como una entidad local, se establece que entre sus funciones está la de promover la participación ciudadana en la comunidad y contribuir con la gestión municipal en esa localidad respectiva. El entonces artículo 77 de la Ley de 1988 establecía expresamente que la Junta Parroquial elevaría a la consideración del Alcalde todas aquellas aspiraciones de la comunidad relacionadas con la prioridad y la urgencia de ejecución, reforma o mejora de las obras y servicios locales de su jurisdicción, anexando a las mismas los informes y propuestas pertinentes; a tal fin, la Junta Parroquial tenía la responsabilidad de establecer los medios de consulta y comunicación adecuados con la comunidad y sus organizaciones sociales, lo que no impedía que las organizaciones sociales de la comunidad pudieran acudir directamente a las instancias superiores. Esta norma se repite en la Ley de 1989 cuando nos habla de

Un breve paseo histórico por el origen de las Parroquias y Juntas Parroquiales.

Las parroquias son concebidas por primera vez en la Ley Orgánica del Régimen Municipal publicada el 10 de octubre de 1988 en Gaceta Oficial Extraordinaria, en la cual le otorgan a esta figura el Capitulo V y en el que la definen como una “ demarcación de carácter local, dentro del territorio de un Municipio, creadas con el objeto de descentralizar la administración municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos estadales." Desde entonces aparece la parroquia como una entidad local, cuyas atribuciones estaban condicionadas a una delegación que le hicieran los órganos del gobierno municipal y que podrían tener carácter de gestión, consulta y de evaluación. Las parroquias decía el entonces artículo 33, podrían coincidir con los barrios, urbanizaciones o sectores de dichas áreas, a tal fin sería la Asamblea Legislativa a propuesta del Concejo Municipal quien determinaría su extensión. Por otro lado los vecinos en un 20% de los electores

La Junta Parroquial y los Consejos Comunales.

El Consejo Comunal aparecía en el numeral 17 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2005 cuando el artículo establecía como atribución de la parroquia el apoyo al Consejo Local de Planificación Pública en la creación en su jurisdicción de la red de Consejos Comunales y los Consejos Parroquiales por sector o vecinal, según lo determinara la ordenanza respectiva. Pero luego fue el 10 de abril del año 2006 que junto a la aprobación de la Ley de Consejos Comunales, se reforma la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y se hacen modificaciones para no vincular el Consejo Comunal al Poder Municipal, eliminándose precisamente el numeral 17 y quedando la parroquia con la atribución sólo de colaborar con la Sala Técnica del Consejo Local de Planificación Pública en la elaboración del censo social municipal, tal y como lo expresa el numeral 16 del artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Recordemos que la Ley Orgánica del Consejo Local de Planificación Públi

La Junta Parroquial y la Seguridad Ciudadana.

La recuperación de los espacios públicos en especial los parques es una de las claves fundamentales para lograr trabajar la prevención en materia de seguridad, pues la existencia de zonas verdes, parques y plazas que no cuenten con la debida seguridad, iluminación, y que de tener toda la infraestructura no sea un espacio frecuentado por los vecinos, o utilizado por éstos para promover actividades comunitarias, hace que esos espacios queden a la disposición de los amigos de lo ajeno, al ocio y sus vicios contribuyendo a crear una sensación de inseguridad en toda la comunidad. Cuando se revisa el diseño normativo que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2005 ha establecido para las Juntas Parroquiales y considerando que pronto en algún momento cercano tendremos la tarea de ir a votar por la elección de nuestros representantes a las Juntas Parroquiales, es esencial conocer la competencia que éstos tienen como responsables de la gestión parroquial, y entender que igual de impor

Las Juntas Parroquiales y la Contraloría Social.

Hay 3207 integrantes de las Juntas Parroquiales que aguardan junto a los concejales que el Consejo Nacional Electoral indique formalmente la fecha del proceso electoral para renovar las autoridades, recordemos que la Asamblea Nacional extendió mediante reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) en el 2009, el período de los estos dos espacios de representación popular hasta el segundo semestre del 2010. Por lo tanto, pronto se acerca la fecha en la cual se convoque para esas elecciones, brindándonos así otra oportunidad de promover a través del voto y la participación electoral un equipo plural y democrático que desde la parroquia contribuya a recuperar la pluralidad, la tolerancia política y el reconocimiento a la importancia del municipio como la unidad política primaria, y a este ente local denominado parroquia, le permita jugar un rol más protagónico en la realidad local y en defensa de la institucionalidad democrática. El rol más protagónico dependerá de la

Un gabinete móvil sin incorporar autoridades legítimas del municipio sucre.

Con fecha 9 de octubre de 2010, el portal web del Ministerio para las COmunas informa que con el fin de mostrar las potencialidades de las comunidades, y así acabar con el modelo capitalista y construir el socialismo, se realizó en el sector Maca, de Petare, el primer Gabinete Móvil, a partir del cual los ministros que la integran coordinarán y formularán planes dirigidos a la transformación del sistema productivo local. La actividad, que se realizó en la Sala de Batalla Social "Alicia Benítez", contó con la participación de 30 voceros de los Consejos Comunales de la zona; miembros de la Sala de Batalla Social; Isis Ochoa, Miguel Carreño, Angélica Romero, Margaud Godoy y Ana Maldonado, ministra y viceministros del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, respectivamente; y los ministros que integran la comisión Presdencial para el impulso de las Comunas. Durante el Gabinete, Elías Jaua, vicepresidente de la República, sostuvo que las asambleas se

EL DIA DEL VECINO 2010

El 3 de octubre de 1981 un grupo voluntario de vecinos lograron activarse y con el esfuerzo colectivo recolectaron 20.000 firmas para la propuesta de Ordenanza de áreas de estudio y el ordenamiento urbanístico en el Distrito Sucre, fue un buen ejemplo de participación ciudadana en los asuntos públicos y es precisamente, en conmemoración a ese ejercicio del derecho político a participar que se celebra el Día del Vecino. Esta referencia histórica la he obtenido de la Declaración que la Escuela de Vecinos presentara a la comunidad el 30 de septiembre de 2009, la cual se tituló Vecinos organizados hay un reto social: Construir Municipios Participativos (http://www.sinergia.org.ve/vecinos-organizados-hay-un-reto-social-constr...) y que se registra en el portal web de SINERGIA. En ese documento se hacia un llamado para que el 2010 fuera asumido como el “Año del Municipio Participativo”, y bajo ese slogan promover acciones que lograran un mayor vínculo democrático entre vecinos y mun