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Mostrando entradas de noviembre, 2010

Se discute ordenanza sobre la discapacidad en Villa de Cura en Aragua.

Con fecha 27 de noviembre de 2010, en El Diario El Siglo, se informa que en sesión ordinaria, la concejala de Zamora, Pura Sarramera, presentó en primera discusión una propuesta de Ordenanza para las personas con discapacidad, la cual contempla 69 artículos que cumplen con el propósito de que sean incluidas en el campo laboral sin discriminación alguna y en condiciones de igualdad. En ese mismo orden de ideas, la legisladora municipal indicó que el propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, que son aquellas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales y sensoriales, lo cual le impide interactuar con los demás y tener una participación plena y efectiva en la sociedad. Asimismo, agregó que el gobierno tanto nacional como regional y municipal junto con la participación solidaria de las familias y la sociedad, debe garantizarles el respeto a su dignidad humana, presentación de oportunidades y condicio

MANIFIESTO DE LA RED DE ENCUENTRO CIUDADANO SOBRE LA NUEVA GEOMETRIA DEL PODER.

La Nueva Geometría del Poder fue propuesta en la Reforma Constitucional rechazada en Referéndum del 2007. En consecuencia, su implementación por vía de leyes es INCONSTITUCIONAL y evidencia el desconocimiento de la voluntad del pueblo cuando fue consultado. Es una propuesta ideológica que crea una nueva conformación territorial con el objeto de concentrar, centralizar y monopolizar el poder político y económico en el Ejecutivo Nacional. La Nueva Geometría del Poder se está impulsando a través de la imposición de un conjunto de leyes que propician la exclusión política y ciudadana al reconocer solo el Estado Socialista. Esas Leyes son: 1. Ley Orgánica y Reglamento del Consejo Federal de Gobierno 2. Ley Orgánica de Las Comunas 3. Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Poder Popular 4. Ley Orgánica del Sistema de Economía Comunal 5. Ley Orgánica de Contraloría Social 6. Ley Orgánica de Planificación Pública Los impactos que la Nueva Geometría del Poder tendrán sobre lo

MANIFIESTO DE LA RED DE ENCUENTRO CIUDADANO SOBRE EL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO Y LOS RECURSOS LOCALES.

En abril del año 2010, se aprobó la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y posteriormente su reglamento, a través del cual se incorporan nuevos actores en la dinámica político territorial del país como las Regiones Administrativas, la Autoridad Unica del Distrito Motor de Desarrollo y toda la estructura que permitirá al Consejo Federal de Gobierno ejercer su función de administrar los recursos del Fondo de Compensación Interterritorial. Como vecinos de una ciudad, que creemos en la participación ciudadana, enmarcada en un Estado Federal y Descentralizado, como lo establece la Constitución Nacional, elevamos nuestra voz de alerta ante las definiciones que se hacen en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento sobre sociedad organizada, porque legaliza la participación de un sector y obvia incorporar a quienes han creado espacios que históricamente eran verdaderos canales de participación: asociaciones de vecinos, gremios, ONGs, etc. Alcaldes y Concejale

MANIFIESTO DE LA RED DE ENCUENTRO CIUDADANO SOBRE LAS ELECCIONES LOCALES.

La Red de Encuentro Ciudadano, consciente de la importancia que reviste para el proceso de descentralización y de autonomía municipal, el contar con un poder legislativo local plural, con suficiente legitimidad para lograr construir las ordenanzas que permitan una mejor convivencia ciudadana, y de las juntas parroquiales, como facilitadores del proceso efectivo de participación ciudadana en la gestión local, reconocemos la importancia de ambas estructuras en elevar la calidad de vida, el desarrollo local y el fortalecimiento del rol del municipio como expresión constitucional de la organización territorial de Venezuela. Expresamos nuestra Alerta ante la omisión evidente, clara y consciente del Consejo Nacional Electoral de posponer la convocatoria de las elecciones para concejales y juntas parroquiales; así como también, la pasiva actitud de la gran mayoría de Alcaldes, concejales, miembros de juntas parroquiales y partidos políticos en articular esfuerzos colectivos, para demandar

El Consejo Federal de Gobierno y el presupuesto de la ciudad 2011

El 26 de noviembre de 2010, el diario El Sol de Margarita [1] anunciaba las fechas para la entrega de los proyectos para inversión ante las instancias regionales técnicas que se han creado como unidades receptoras de proyectos que están bajo la dirección de la Secretaria del Consejo Federal de Gobierno, que por cierto, responden a una distribución regional del territorio. Esas fechas distinguen a Gobernaciones y Alcaldías de las organizaciones comunales, para las primeras instancias políticas la fecha tope es el 30 de noviembre de 2010 y para las   organizaciones comunales el día 10 de diciembre de 2010. Sería muy importante entender por qué van en fechas separadas y con una diferencia de 10 días, ¿una diferencia meramente técnica o por el contrario una diferencia en tiempo que le resta oportunidad a las alcaldías y gobernaciones?,   es importante hacernos esas preguntas porque estamos en un tiempo histórico en el cual el Poder Público constitucionalmente establecido se enfrenta a un

El Baremo del Consejo Federal de Gobierno y el presupuesto de la Ciudad para el 2011.

He tenido la oportunidad de revisar los distintos elementos que integran el Baremo Técnico Político del Fondo de Compensación Interterritorial del Consejo Federal de Gobierno, que según se desprende de los medios de comunicación fue parte de la agenda de la Plenaria que se realizó entre el 15 y 16 de noviembre de 2010 y que impuso el 30 de noviembre la fecha tope para la entrega de los proyectos por parte de gobernaciones y alcaldías. El aspecto técnico en el Baremo tendría –según borrador- un total 35 puntos y los elementos que considerarían serían: 1.- Viabilidad Técnica Financiera 2.- Etapas del Desarrollo del Proyecto 3.- Desarrollo Endógeno Sustentable y Sostenible. El aspecto político, tendría una valoración de 65 puntos y los elementos que allí se evaluarían son: 1.-Integración y Relación de los Planes de Desarrollo y Distritos Motores. 2.-Equilibrio Territorial. 3.-Redes y Cadenas Productivas. 4.-Enfoque de Género. 5.-Poder Popular 6.-Modelo de Gestión ¿

Ciudadanos entregan manifiesto en defensa de sus gobiernos locales.

Un grupo de vecinos de Los Salias, Sucre, Libertador, Baruta, Hatillo y Chacao por el lapso de 3 semanas abrieron unas mesas de trabajo sobre el tema Consejo Federal y recursos; Elecciones Municipales pospuestas y Nueva Geometría del Poder. En las 3 mesas se logró construir un manifiesto dirigido a las autoridades locales del poder público venezolano. Elaborado el manifiesto el alcalde Gerardo Blyde tuvo la gentileza de recibir a una representación de esa Red de Encuentro Ciudadano y ante la solicitud de recibir el manifiesto en un acto público como primera autoridad del municipio y además, representante de un municipio que fue declarado Capital de la Descentralización, entonces brindó el apoyo tecnico y la colaboración para lograr realizar un evento en el cual se materializara esa entrega del manifiesto. Pues bien así se logró, Escena 8 fue el escenario el 26 de noviembre 2010 para que la RED DE ENCUENTRO CIUDADANA, entregara los manifiestos al Alcalde Blyde, y a los invitados

Comunas, circunscripciones electorales y elecciones muncipales.

Cuando uno profundiza en el diseño de las Comunas que se plantea en Venezuela, es cada vez más evidente que para lograr entender su finalidad última: control político de la sociedad venezolana, se hace necesario analizar su proyecto de ley de manera integral con otros instrumentos jurídicos porque así se logran unir distintas piezas de un rompecabezas que poco a poco va complementándose con la actividad legislativa de un grupo de venezolanos que olvidaron su deber moral de ser representantes de unos electores en función del interés colectivo de los mismos. Muchos hemos advertido que la Comuna es una forma de organización territorial que en algún momento futuro puede ir sustituyendo al Poder Público Municipal, y que aún cuando el proyecto de ley de manera muy diplomática afirma que se respeta al poder municipal, es evidente que en la práctica política y en el manejo de recursos para la inversión local, el esfuerzo oficial se orienta a debilitarlo, en especial donde la gestión está lid

Los carqueños y su conducta ante los problemas reales.

COn fecha 21 de noviembre de 2010, El Universal recoge un interesante reportaje sobre la conducta de los ciudadanos ante la realidad del país, muy interesante que transcribo a continuación: MAYE ALBORNOZ | EL UNIVERSAL domingo 21 de noviembre de 2010 12:00 AM "solo comparto con mi hija los fines de semana" "Me robaron dos veces en un año" El escenario: la estación del Metro de Plaza Venezuela. Dos peleas con muy corto tiempo de diferencia, ambas en las primeras horas de la tarde. En la segunda, los protagonistas pasaron de los puños a los cuchillos. Lo que más sorprendió a Marino Alvarado, el testigo y presidente de la ONG de defensa de los derechos humanos Provea, no fue que el resto de los usuarios no intentaron separarlos, sino que aquello se convirtió en un espectáculo. Algo está cambiando en Caracas. El coctel de una pobre calidad de vida, la sensación de imposibilidad de cambiar las cosas y el nerviosismo, pueden generar según los expertos, cansancio, v

Los Ciudadanos y Juntas Parroquiales y su relación con los espacios públicos.

¿Tenemos alguna relación con las Juntas Parroquiales?. Tal vez en la práctica no hayamos tenido que relacionarnos con los integrantes de la Junta Parroquial, pero en el diseño legal, el artículo 278 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de manera expresa, nos indica algunas áreas en las cuales nuestro deber y además nuestro derecho es participar con las Juntas Parroquiales. Entre esas áreas que la ley promueve la relación vecinos y juntas parroquiales, encontramos la que tiene que ver con los espacios públicos ubicados en la parroquia; más concretamente, vecinos y juntas parroquiales tienen un rol que les permite asumir acciones locales y ser corresponsables en la gestión y fiscalización del mantenimiento de plazas, parques, vías públicas y aceras; incluye además instalaciones deportivas y recreacionales, asistenciales y otras instalaciones que se ubiquen en la jurisdicción de la parroquia. Una de las atribuciones previstas en el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Públ

TSJ y las competencias de los concejos municipales sobre la gestión de personal.

El Universal informa con fecha 15 de noviembre de 2010, que El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinará cuáles son las potestades que tienen los concejos municipales en materia de gestión de personal dependiente de esos organismos. El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió a trámite un recurso de interpretación de los numerales 12 y 15 del artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, los cuales establecen que los legislativos locales podrán "ejercer la autoridad en materia del sistema de administración de recursos humanos, y, en tal carácter, podrá nombrar, promover, remover y destituir, de conformidad con los procedimientos establecidos en la ordenanza que rija la materia, con excepción del personal de otros órganos del Poder Público Municipal" y "nombrar el personal de las oficinas del Concejo Municipal, de la Secretaría y del Cronista del Municipio". El máximo juzgado resolvió citar a la presidenta de la Asamble

¿Elecciones locales separadas o unidas a las elecciones nacionales en el 2012?

El 2010 está expirando y en agenda sigue estando pendiente la obligación legal de convocar a las elección de Concejales y Juntas Parroquiales, por lo tanto nosotros como vecinos nos vamos quedando sin la oportunidad de renovar a quienes tienen la responsabilidad de legislar en el ámbito territorial de mí ciudad, de mí urbanización, de mí barrio, de mí caserío: los concejales. Es curioso que en el marco de una democracia participativa y protagónica, una consulta popular no haya precedido la decisión del parlamento de posponer por un año éstas elecciones locales. Pareciera que ni a los propios partidos políticos les ha preocupado esta elección, pues en los medios de comunicación social no se ha visto un debate público intenso sobre esta elección pospuesta, lo que contribuye al debilitamiento de la institución que históricamente ha sido parte de nuestra tradición política: el Concejo Municipal. Importante es acotar que hasta la fecha, sólo se conoce que la organización Súmate ha intenta

Nuestras normas sobre la basura en Chacao.

Con fecha 13 de noviembre de 2010, El Universal, bajo la nota de presna firmada por Delia Meneses informa que a partir de enero de 2011 las tarifas del aseo urbano de Chacao van a estar relacionadas con el tipo y la cantidad de basura que cada uno produzca. De esta manera los comercios llevarán la mayor carga en este nuevo esquema y los usuarios residenciales verán disminuir un poco el costo del servicio, una vez que el pago de la tarifa Plus de Chacao desaparece. El alcalde Emilio Graterón explicó que a partir de la firma del decreto, que ocurrió ayer, comenzará un lapso de tres meses, un período de información para todos los vecinos y habitantes de la jurisdicción. Con el nuevo formato, las tarifas son calculadas -en el caso de los comercios- de acuerdo al tipo de desechos (orgánicos o inorgánicos) producto de la actividad, la frecuencia de recolección y los metros cuadrados del establecimiento. "Quienes producen la mayor cantidad de basura van a ser los que paguen la mayor pa

Sobre las elecciones de concejales y juntas parroquiales.

Siempre que tengo la oportunidad de dirigirme a un público y el tema se presta para la dinámica, les pregunto: ¿Cuántos de ustedes conocen al concejal que pertenece a su circuito electoral?, ¿Cuántos conocen al integrante de la Junta Parroquial que corresponde a su parroquia? y por último ¿Cuántos de ustedes han promovido, participado o al menos han oído de alguna sesión o asamblea de ciudadanos en la cual los Concejales y miembros de Juntas Parroquiales rindan cuenta a sus electores?. Las respuestas siempre son preocupantes, porque evidencia que hay poco interés de los ciudadanos por monitorear a sus elegidos en el ámbito local o tal vez poco interés de esos elegidos por conectarse permanentemente con sus electores aún cuando tiene la obligación legal de hacerlo. Esta realidad varia un tanto en el interior, no mucho debo advertir, pero allí donde el poder central y la presencia de los líderes nacionales es distante geográficamente, entonces la presencia de los concejales tienen un p

Elecciones locales para el primer trimestres del 2011.

Con fecha 10 de noviembre de 2010, en el portal web Biendateado.com, se informa que el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha pospuesto para el primer trimestre del próximo año los comicios en los que se escogerán concejales y miembros de juntas parroquiales. Aunque el ente comicial no ha dado una fecha exacta para celebrar dichas elecciones, se prevee la posibilidad de que se lleven a cabo el próximo año puesto que el período se venció en el año 2009. Una comisión del organismo comicial, integrada por los rectores Vicente Díaz, Luís Salamanca y Humberto Castillo, acudió al Parlamento para dar respuesta a la consulta que realizaron los parlamentarios respecto a la modificación que esa instancia legislativa realiza a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. El rector Vicente Díaz señaló que mantener “la separación de esos comicios garantiza que el proceso para el elector al momento de expresar su opinión, frente a la máquina de votación, no sea tan complicado, pues con ello se evita

Incierta la fecha para elegir concejales y juntas parroquiales.

El Universal con fecha 17 de Octubre señala que como incierta puede definirse la fecha para elegir a 2.389 concejales y 3.207 integrantes de juntas parroquiales. La última vez que los venezolanos designaron a sus representantes locales fue el 7 de agosto de 2005. ¿Cuándo será la próxima? La respuesta a esta interrogante pasa, al menos, por consideraciones técnicas y políticas que deben realizar en el CNE, la Asamblea Nacional y en la Sala Constitucional del TSJ. Los cinco años de mandato de los actuales concejales -la Constitución establece cuatro años- crean distorsiones políticas importantes. Un caso emblemático se encuentra en el municipio Sucre del estado Miranda, en el cual la oposición al Gobierno de Hugo Chávez ha crecido sostenidamente desde 2007, provocando que el chavismo perdiera en esta jurisdicción en todos los procesos electorales -incluidas las elecciones parlamentarias- que se han convocado en los últimos tres años. No obstante, el actual alcalde, Carlos Ocariz (PJ)

156 CAPITALES SIN JUNTAS PARROQUIALES.

El Universal con fecha 17 de octubre de 2010, informa que existen 156 capitales de municipios -distribuidas en 11 estados- en las cuales nunca se han constituido gobiernos de ámbito parroquial. Este es el caso -por mencionar sólo cuatro ejemplos- de La Victoria (Aragua), Puerto La Cruz (Anzoátegui), Porlamar (Nueva Esparta) o San Antonio (Táchira). Si se analiza este fenómeno se descubre que en 50 municipios (15% de las jurisdicciones del país) no existen parroquias formalmente constituidas lo que complicaría la definición de circunscripciones de votación para una eventual convocatoria de comicios locales porque la nueva Ley Orgánica de Procesos Electorales permite la creación de circuitos empleando el ámbito territorial de las comunas. La ausencia de juntas parroquiales dificulta la conformación de los consejos locales de planificación, instancia prevista en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Loppm) vigente desde el 8 de junio del 2005 y en la Constitución. Según el artí

El Municipio a través de los últimos 30 años en la legislación venezolana.

La Constitución de 1961 establecía que hasta tanto no se publicara la Ley Orgánica del Régimen Municipal permanecían vigentes las normas sobre el municipio contenidas en la Constitución de 1953, recordemos que en ese texto constitucional  el Municipio era parte del Distrito y que los Distritos reunidos configuraban un Estado.   Transcurrieron 17 años para que se cumpliera el mandato constitucional de legislar en materia municipal, es así como en Gaceta Oficial No. 2.397 de fecha 18 de agosto de 1978 se publica la primera Ley Orgánica del Régimen Municipal, la cual es reformada en los años 1984, 1988, 1989 y por último en el 2005 a través de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Por lo tanto podemos decir que desde 1978 y hasta el año 2010 han pasado algo más de 30 años en los cuales el Municipio ha sufrido un proceso de evolución que hoy se detiene y que amenaza seriamente su futuro; veamos algunos cambios: 1-              El Municipio como división política territorial de un