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Comunas, circunscripciones electorales y elecciones muncipales.

Cuando uno profundiza en el diseño de las Comunas que se plantea en Venezuela, es cada vez más evidente que para lograr entender su finalidad última: control político de la sociedad venezolana, se hace necesario analizar su proyecto de ley de manera integral con otros instrumentos jurídicos porque así se logran unir distintas piezas de un rompecabezas que poco a poco va complementándose con la actividad legislativa de un grupo de venezolanos que olvidaron su deber moral de ser representantes de unos electores en función del interés colectivo de los mismos.

Muchos hemos advertido que la Comuna es una forma de organización territorial que en algún momento futuro puede ir sustituyendo al Poder Público Municipal, y que aún cuando el proyecto de ley de manera muy diplomática afirma que se respeta al poder municipal, es evidente que en la práctica política y en el manejo de recursos para la inversión local, el esfuerzo oficial se orienta a debilitarlo, en especial donde la gestión está liderada por la oposición.

La Comuna y su estructura, acompañada por el esquema de la economía comunal modifican, además, no sólo la estructura política administrativa prevista en la Constitución Nacional, sino que también altera en esencia el propio concepto de “ciudad” que durante décadas hemos asumido como sociedad.

Y como una pieza más de este rompecabeza llamado Comunas, encontramos el artículo 19 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que en su numeral 3, prevé la Comuna como espacio para conformarse en ella una circunscripción electoral, específicamente para elecciones nominales en aquellos municipios o parroquias que sean de alta densidad poblacional, para tal fin, la norma prevé que se considere la dinámica política, económica, social y cultural de esos municipios o parroquias. ¿Cuáles son los municipios o parroquias con alta densidad poblacional? ¿Dónde se ubican las comunas en construcciòn?.

Esta norma vendría a ser el soporte legal para que tan pronto se apruebe la Ley de Comunas se llegue a una situación en la que vayan organizándose espacios geográficos no como forma para lograr consolidar un proceso de descentralización, sino como expresión de una estrategia para el control político y electoral del ciudadano.

Recordemos que una Comuna va a tener sus propias estructuras y un sistema de participación donde el voto secreto y directo pierde terreno como herramienta política del ciudadano, por lo tanto si toda esa estructura y recursos financieros que aportará anualmente el Consejo Federal de Gobierno y la Administración Pública a la Comuna como parte para consolidar un diseño de Estado Socialista, se creará entonces un sistema clientelar mucho más fuerte que el que existió en la denominada IV República.

Tal situación se profundizará cuando se vinculen tres elementos: elecciones, registro de las Comunas y recursos a transferir a las comunidades, es oportuno tener presente que la existencia legal de una Comuna está condicionada al certificado que le otorgue un órgano del propio Poder Ejecutivo.

En base a lo expuesto previamente, resulta comprensible y preocupante que ante la no celebración de las elecciones de concejales y juntas parroquiales en este último semestre del año, como lo exigía la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, luego de su última reforma, se esté esperando la sanción de la Ley de Comunas para reorganizar electoralmente el territorio y tener a través de la misma una incidencia en la representación de los cargos nominales de elección popular que están pendientes.

Una alarma debe encender para el 2012 con una norma como la que prevé el artículo 19 de la LOPRE y si se le añade la aprobación de la Ley de Comunas.. Un juego electoral con las comunas como una de sus piezas orientada a lograr mayoría de Concejos Municipales y Juntas Parroquiales, es pensar en un gobierno que puede reactivar estrategias como la Constituyente Municipal para lograr la transformación del estado desde el propio poder local.


Carlos R.

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