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Elecciones de Concejales se unirán a la de Alcaldes cuando diga el CNE.

Por allá el 17 de noviembre Analítica.com tuvo la gentileza de publicar en su portal un artículo en el que expresaba mi preocupación ante el posible escenario de tener un 2012 con una megaelección, lo que me parecía y me parece  complicado debido a lo complejo que seria ese proceso electoral pues estaríamos renovando en un mismo acto todos los cargos de elección popular de todas las instituciones representantivas del Poder Público venezolano, salvo la Asamblea Nacional.
Ante la omisión por parte del CNE de convocar a las elecciones pospuestas en el año 2009 para Concejales y Juntas Parroquiales, era obvio pensar que entonces las mismas serian pospuestas otra vez para el 2011 o por la cercanía con las elecciones nacionales y en ejercicio de la potestad que tiene el CNE según la Ley Orgánica de Procesos Electoral, éste podría unirlas para las elecciones del 2012.
Ahora nos encontramos con dos proyectos de leyes aprobados en primera discusión por la Asamblea Nacional, en los cuales encontramos luces en relación al destino de las elecciones locales.   La Ley que se aprobó para regularizar los períodos constitucionales y legales del poder público estadal y municipal, nos habla de un esquema en el cual las elecciones se realizarán según el nivel político territorial, por un lado irán unidas las elecciones para Gobernadores y Diputados Regionales y por el otro las elecciones de Alcaldes y Concejales.
Cuando revisamos el proyecto de Ley de reforma parcial del Poder Público Municipal, encontramos un artículo 82 que nos habla de separar de las elecciones del Poder Público Nacional, las que corresponden a Alcaldes y Concejales, se obvia totalmente mención alguna de las Juntas Parroquiales;  con este artículo queda claro entonces que para el 2012 se convocarán las elecciones presidenciales, pero no irán acompañadas de las elecciones para renovar los cargos electos del nivel municipal; y que las elecciones  locales quedarán condicionadas a la convocatoria del Consejo Nacional Electoral cuando considere oportuno a los fines de regularizar esos períodos.
Qué irónico que en una democracia participativa y protagónica este detalle de extender el mandato de concejales y prácticamente de los alcaldes conforme al artículo 5 del proyecto de ley sobre la regularización de los periodos de los poderes públicos estadales y municipales, precisamente no cuente con una consulta previa al soberano,  quien tiene en su poder la potestad de elegir o revocar a sus representantes.  El artículo 5 señalado expresamente indica:
Permanencia hasta la elección de uniformidad
Artículo 5. Los cargos electivos previstos en el artículo anterior, cuyo mandato expire antes de la fecha de la elección prevista en la presente Ley, permanecerán en sus cargos hasta tanto se realice el proceso electoral correspondiente.

¿No es esto un motivo suficiente para convocar a los ciudadanos a un Cabildo Abierto en el que los REPRESENTANTES ELECTOS, pongan de lado sus intereses y los distintos órganos del Poder Público Municipal, junto a los vecinos de ese municipio expongan su posición sobre este cambio de reglas?, muchos Alcaldes, Concejales y miembros de Juntas Parroquiales han olvidado que su cargo es de REPRESENTACION, y que por tanto hay por ahí unos intereses colectivos que moral y éticamente deben ellos defender, además como autoridades electas tienen un liderazgo en la conducción de una sociedad y precisamente es esa sociedad la que hoy se pregunta ¿qué vamos a hacer? O que simplemente ni siquiera se formula la pregunta porque no le interesa. 
Si las autoridades electas, y los vecinos que si están interesados o informados sobre estos temas, no tenemos la capacidad ni siquiera de activar un Cabildo Abierto, espacio consagrado en la Constitución y en la vigente Ley Orgánica del Poder Público Municipal ¿cómo entonces pretendemos rescatar los valores de la democracia, si perdimos la capacidad de hacer POLITICA con debate, discusión y con la presencia física de los actores?.  
Provoca abandonar la defensa del Municipio, su concepto, naturaleza y alcance porque ni siquiera al Poder Público Municipal se logra articular para promover el encuentro con el vecino en defensa de la institucionalidad, de la descentralización y de la noción de un poder político cercano al pueblo que represente sus intereses.
Carlos R,

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