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Sobre el destino de las juntas parroquiales

Eugenio Martínez, en su nota de prensa publicada en El Universal con fecha miércoles 22 de diciembre de 2010, informa que un total de 3.207 integrantes de Juntas Parroquiales cesarán en sus funciones después que la reforma a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal -aprobada ayer- sea publicada en Gaceta Oficial.

El instrumento establece que los nuevos integrantes de la Juntas Parroquiales deben ser designados -en elecciones de segundo grado- por los voceros de los consejos comunales que sean reconocidos por Fundacomunal. No obstante, no se establece en qué momento debe realizarse esta selección, ni cómo se normará el proceso de escogencia.

Mientras no se constituyan las Juntas Parroquiales Comunales las alcaldías quedan responsables "del manejo y destino del personal, así como de los bienes correspondientes"

La reforma a la Ley Orgánica de Poder Público Municipal es complementada por la aprobación de la Ley de Regularización de los Periodos Constitucionales. Básicamente se deja como responsabilidad del Consejo Nacional Electoral (CNE) definir cuándo deben relizarse la elección de los alcaldes y de los consejos municipales de cada jurisdicción.

La nueva norma obliga a que las elecciones de ámbito local deban realizarse de forma conjunta, lo que hace suponer que la renovación de las cámaras municipales -electas en agosto de 2005- se realizará conjuntamente con la elección de burgomaestres a finales del año 2012.

Fuente:
http://calidaddevida.eluniversal.com/2010/12/22/pol_art_parlamento-decide-ce_2143100.shtml

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