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El Municipio y la planificación centralizada de la actividad turistica


La actividad turística en Venezuela se caracteriza por desarrollarse en el marco de un diseño de Planificación Centralizada, así lo expresa el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Turismo de fecha 15 de diciembre del 2012 en su artículo 29, que además, agrega la necesidad que ese proceso de planificación se realice en armonía con los intereses de los estados, municipios y de las comunidades organizadas.

El Ministerio con competencia en Turismo es quien debe elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo, atendiendo a los planes de desarrollo aprobados conforme a la planificación centralizada, y condicionando su aprobación a la consulta previa de los integrantes del Sistema Turístico Nacional.

Precisamente cuando se revisa los integrantes de ese Sistema Turístico Nacional, se encuentra allí, entre otros, el Municipio y las comunidades organizadas en instancias del Poder Popular.  

El Decreto Ley del año 2012, presenta dos modalidades de Turismo, el primero es el Turismo como actividad comunitaria, a través de la cual, por un lado, fomentará la participación de las comunidades organizadas en instancias del Poder Popular en el desarrollo y control de la actividad turística, en el manejo adecuado del patrimonio natural y cultural, y por otro lado, impulsará las empresas turísticas de propiedad social directa e indirecta comunal.

El segundo es el denominado Turismo Social, a través de la cual impulsará políticas para garantizar el acceso principalmente a los más necesitados al ejercicio del derecho al descanso, recreación y aprovechamiento del tiempo libre en condiciones adecuadas de seguridad y comodidad.

No hay mención alguna a lo largo de los 145 artículos del Decreto al denominado turismo local que está expresamente señalada como competencia del Municipio en el artículo 178 de la Constitución Nacional de 1999.  El rol del municipio en el área turística está desarrollado en el artículo 33 del Decreto y allí se ratifica su sometimiento a las pautas, lineamientos y políticas del Ministerio con competencia Turística a los fines de la planificación, y además se establece que el desarrollo turístico que impulse será en coordinación de los órganos tanto públicos como privados, así como también con las comunidades organizadas en instancias del Poder Popular. 

El portal web del Ministerio del Poder Popular para el Turismo –Mintur- e incluso el portal del Instituto Nacional del Turismo –INATUR- no facilitan ejemplar digital alguno del Plan Estratégico Nacional de Turismo, por lo tanto se hace imposible tratar de identificar cómo se plantea la competencia del Poder Público Municipal a través del Turismo Local en el marco de las políticas nacionales.  

Mintur en el portal web define que su Misión es: “facilitar los mecanismos necesarios para el desarrollo endógeno del turismo, mediante la inversión pública y privada, el fomento de una cultura turística, y la participación protagónica de los actos que forman el Sistema Turístico Nacional.[1]” 

Oportuno es preguntarse:  ¿Cómo se ha facilitado desde el poder central la armonización de los intereses locales, regionales y nacionales en el Plan Estratégico Nacional del Turismo?, ¿se han realizado las consultas a los integrantes del Sistema Nacional Turístico?.

Varias notas de prensa en portales web confirman que ha habido una consulta del Plan Nacional Estratégico de Turismo, que ha sido, aparentemente, algo largo en el tiempo, pues hay registros de esas consultas con operadores turísticos y comunidades organizadas en noviembre 2011 en San Juan de los Morros[2], Maturín[3]  y luego con el Fondo Mixto de Turismo del Disrtito Capital, realizado el 4 de diciembre 2012[4].  ¿Cuántas consultas se han hecho a los Poderes Públicos Municipales?.

Las normas que regulan la actividad turística en Venezuela establece que los Municipios deberán fomentar e incluir ésta actividad en sus planes de Desarrollo, por lo tanto, y atendiendo a este llamado, el papel del Consejo Local de Planificación Pública, como instancia responsable de la planificación del desarrollo local, pasa a tener un espacio relevante, no sólo en la consulta, sino como espacio para exigir que se garantice la armonización de los intereses en el Plan Estratégico Nacional del Turismo a través de  la cooperación, colaboración e impulso nacional del denominado turismo local.

Un esquema general del Plan Estratégico Nacional de Turismo 2013-2019, permite identificar su orientación hacia el fortalecimiento del Poder Popular a través de la actividad turística Comunitaria y Social[5], no hay ninguna mención a “turismo local”.  ¿Qué autonomía tiene entonces el Municipio en materia turística?. 

 Carlos Romero Mendoza.


[1] Ministerio del Poder Popular para el Turismo.  Misión y Visión.  Online 28 de marzo de 2013: http://www.mintur.gob.ve/misionVision.php
[2] DIARIO LA ANTENA.  Discutieron Plan Estratégico de Turismo 2013-2019.  30 de noviembre 2011. Online: http://www.diariolaantena.com.ve/resultnoticia.php?ID=8680 http://www.diariolaantena.com.ve/resultnoticia.php?ID=8680
[3]MINTUR.  Consulta pública sobre plan estrátegico 2013-2019.  28 de noviembre 2011. Online: http://www.mintur.gob.ve/foto_noticia_detalle.php?id=4384
[4]RADIO MUNDIAL.  Distrito Capital discutió Plan Estratégico Nacional de Turismo 2013-2019. 4 de diciembre 2012. Online: http://radiomundial.com.ve/article/distrito-capital-discuti%C3%B3-plan-estrat%C3%A9gico-nacional-de-turismo-2013-2019
[5]HOTEL ESCUELA.  Plan Estratégico Nacional de Turismo 2013-2019.  Online 28 de marzo 2013 en: http://www.hotelescuela.org.ve/wp/?p=1550

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