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Mostrando entradas de marzo, 2014

Las faltas absolutas y temporales de los Alcaldes.

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), prevé que un Alcalde puede ausentarse de su cargo de manera temporal o bien de manera absoluta.   Si un Alcalde desea ausentarse por más de 15 días, la LOPPM exige una solicitud de permiso al Concejo Municipal, para que entonces se considere si la ausencia temporal es autorizada o no.  Si es autorizada, entonces el propio Alcalde designa a un funcionario de alto nivel de su equipo ejecutivo para que asuma temporalmente sus funciones. Si la falta temporal se extiende por más de 90 días, el Concejo Municipal tendrá la responsabilidad de evaluar la situación, analizar las circunstancias y considerar si están dadas las condiciones para declarar la ausencia como absoluta.   Al declararse la falta absoluta, habiendo transcurrido menos de la mitad del período para el cual fue elegido el Alcalde, entonces debe procederse a una nueva elección.   Si la decisión ocurre luego de la segunda mitad del período, el Concejo Municipal des

El Poder Público Municipal y la orden de la Sala Constitucional.

Bogotá, Colombia; San Diego, Carabobo y San Cristóbal, Táchira, han experimentado la destitución de su máxima autoridad local a través de mecanismos jurídicos que irrumpen políticamente y modifican en la práctica la expresión de voluntad popular expresada a través del voto. En Bogotá, Colombia, Gustavo Petro, fue destituido e inhabilitado por 15 años por la Procuraduría General de ese país, luego de hallarlo responsable del caos en la recolección de basura en la ciudad.   Petro tuvo derecho a intentar un recurso frente a la misma Procuraduría, pero el mismo no logró modificar la decisión de la Procuraduría.  En el 2011 también sucedió lo mismo con Samuel Moreno, quien fue destituido como alcalde de Bogotá, como consecuencia de haberse declarado su omisión en la vigilancia de la ejecución de obras en el caso de Transmilenio, éste ex alcalde está aún en prisión. En Venezuela, Vincencio Scarano, elegido como alcalde de San Diego y Daniel Ceballos, alcalde legítimo de San Cris

Nace Asociación de Alcaldes de Venezuela.

Se aplaude la creación de  A lcaldes de Venezuela , según nota de prensa, su junta directiva estaría integrada por 3 alcaldes de la zona metropolitana: Carlos Ocariz, David Smolansky y Gerardo Blyde; y por 2 Alcaldes de la provincia representados por Virginia Contreras y Alfredo Ramos. Según la nota de prensa, también integra la junta directiva, Antonio Ledezma, Alcalde Metropolitano [1] . Tal vez un poco más de equilibrio geográfico en esa junta directiva, ayudaría para balancear la visión plural del presente. El Alcalde del Municipio Sucre, Carlos Ocariz, presentó la Asociación e indicó que se integra con más de 70 alcaldes y que sus objetivos persiguen buscar la eficiencia entre los municipios, ser la voz del pueblo, defensa de los municipios y sus competencias. Recordemos que en el año 2011, se intentó crear la Asociación de Alcaldes del Pueblo, cuyo presidente era Emilio Graterón, ex Alcalde del Municipio Chacao, entonces con la participación de 26 Alcaldes intentaron sin

Los Alcaldes opositores y las Guarimbas.

Con fecha 10 de marzo PPT informaba que preparaban una denuncia ante la Fiscalía General de la República contra los Alcaldes por no garantizar el orden público y no proteger a la comunidad, en su condición de primera autoridad política, administrativa y policial del gobierno municipal. En esa lista de alcaldes que PPT acusa como promotores de guarimbas, se incluyen a los Alcaldes de Rubio, San Antonio, La Fría y San Cristóbal del estado Táchira.  Libertador del Estado Mérida.  Municipios Chacao, Baruta, Sucre, Los Salias, del estado Miranda.  Diego Bautista Urbaneja (Lecherías) estado Anzoátegui y Maracaibo, estado Zulia [1] . Con fecha 13 de marzo de 2014 una nota de prensa advertía que se consignaría una denuncia contra el alcalde Gustavo Marcano de Urbaneja (Lecherías – Anzoátegui) y contra el coordinador regional de Voluntad Popular, Armando Armas, por la promoción de Guarimbas. [2]   Las acciones continúan con el Alcalde del Municipio Libertador (Mérida) del Estado Mé

Diálogo Local una iniciativa para recuperar la convivencia pacífica.

La dinámica política del país, en estos tiempos tan complicados, identifica en cada pronunciamiento de los actores políticos, al menos 2 exigencias básicas, que además de ser comunes, son esenciales para poder abrir el camino hacia cualquier diálogo de paz: 1.- El desarme de los grupos violentos. 2.- El respeto y reconocimiento a la pluralidad política, que exige la no criminalización de la protesta. Esas dos condiciones son esenciales para que pueda prosperar la propuesta del Presidente Maduro de impulsar su Conferencia de Paz en Táchira, Mérida y Miranda [1] .  En este sentido, el Alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, ya tomó una importante iniciativa, que ha sido poner al Municipio y su institucionalidad al servicio del diálogo y en su condición de representante legítimo, convocó a una Asamblea de Ciudadanos en la Plaza Juan de Maldonado, sitio geográfico donde en 1561 se fundó San Cristóbal. En esa Asamblea, se leyó el  Manifiesto de Dignidad de los Tachirenses , en e