Una nota de prensa de aporrea[1]
anuncia que la Comisión Presidencial para el Impulso de las Comunas[2]
estudia 25 solicitudes de transferencias de competencias, bienes y servicios
presentadas por Comunas socialistas formalmente conformadas en el país.
Según Aporrea, se presentaron 56 solicitudes y sólo 25 logran cumplir con
los requerimientos legales necesarios para poder convertirse en los sujetos
beneficiarios de la transferencia.
Según la información publicada en la página web del Ministerio para las
Comunas el 25 de julio de 2014, en el país se lleva un registro de 744 Comunas
hasta esa fecha, por lo tanto en ese universo 25 Comunas es sólo un 3%, y las
restantes 31 comunas que no han terminado por conformar su estructura,
representa un 4%.
Con esta información podría concluirse que sólo 7% de las Comunas
registradas en el país hasta la fecha indicada previamente están en la práctica
activas como sujetos para beneficiarse de la transferencia, lo cual resulta un
indicador muy pobre para la consolidación del Poder Popular.
La Comisión Presidencial para el Impulso de la Comuna, que evalúa el tema
de las transferencias, fue creada en el año 2010 y se instala formalmente en el
año 2013[3] en
un acto público presidido por el vicepresidente Jorge Arreaza, desde Carapita,
Antímano, municipio Libertador, para esa oportunidad en agosto 2013 se
anunciaba sólo 112 comunas registradas.
Los proyectos presentados por esas 25 Comunas que son evaluados por la
Comisión Presidencial mencionada, tienen como objeto de la transferencia bienes
y servicios en el área de educación, salud, manejo de desechos sólidos, ornato
y administración de infraestructura y servicios para el desarrollo endógeno y
la producción agrícola.
Un ejemplo de esa solicitud, destaca Aporrea, se ubica en el municipio
Trinidad de Yaracuy, en el cual la Comuna Independencia 18 de febrero, ha
solicitado la administración de cuatro galpones del Instituto Nacional de
Desarrollo Agrícola, para utilizarlo de acopio y beneficio de café en la zona.
El caso de este municipio resulta importante a destacar, porque allí el oficialismo puede decir que el
Plan Comuna o Nada[4]
logró su objetivo, que era el crear comunas en aquellas parroquias con tendencia
oficialista, en este caso la alcaldesa y la mayoría del Concejo Municipal son
oficialistas[5].
Según la Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de competencias,
servicios y otras atribuciones de 2012, la transferencia se regulará a través
de un reglamento de la Ley, el cual creo que no existe; pero además establece
que para concretar esa transferencia hay cuatro etapas que deben seguirse: el
diagnóstico, el plan de transferencia, el presupuesto y la ejecución; y concluye el proceso con un Convenio.
Ahora bien, en el caso de transferencia de bienes, servicios y
competencias municipales, y en particular en estas 25 solicitudes que se comenta que son -aparentemente- por iniciativa de
la comunidad organizadas en Comuna, necesariamente ese Convenio aprobatorio de la transferencia, debe ser
aprobado por el Concejo Municipal; pero hay un
nuevo actor cuando de aprobación se trata, y es el Consejo Local de Planificación Pública, que según las
normas que lo regulan, su Plenaria tiene atribuciones para promover y para
aprobar las transferencias de competencias, bienes y servicios de los municipios a las Comunas.
Resulta curiosa esta atribución de "aprobación" que tiene la Plenaria del Consejo Local de
Planificación Pública, considerando que los Concejales son también integrantes de esa Plenaria; lo más coherente sería, que esa Plenaria tuviera sólo la atribución de promover la transferencia como ocurre en el caso del Alcalde, y que la responsabilidad de aprobarla o no, a través de un Convenio estuviera en manos exclusivas del Concejo Municipal, quienes, por cierto pueden revertir cualquier transferencia aprobada en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Que el Concejo Municipal y el Consejo Local de Planificación Pública tengan la misma atribución de aprobar transferencias, sólo encuentra sentido cuando se analiza la integración de estas instancias locales, en cuanto al sistema de la mayoría para tomar decisiones, en el Concejo Municipal no necesariamente se garantiza la mayoría oficialista, pero en el Consejo Local de Planificación Pública, la ley garantiza la presencia del Poder Popular y por ende, en consecuencia, una mayor tendencia hacia el Estado Comunal.
Por último, es importante no perder de vista, que para el oficialismo, este
proceso de transferencia, responde al Plan de la Patria 2013-2019 que plantea
la transferencia de competencia del poder público a las comunas dentro de su
objetivo 2.5 en el que expresamente propone la “irrupción definitiva del nuevo Estado Democrático y Social de Derecho
y de Justicia”.
Carlos Romero Mendoza.
[1] Aporrea. Comunas asumirán nuevas competencias. 23 de julio de 2014.
Online en: http://www.aporrea.org/poderpopular/n254889.html
[2] Romero, Carlos. Una ojeada a la Comsión Pressidencial para el impulso
de las Comunas. 20 de agosto 2010. Online
en: http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2010/08/una-ojeada-la-comision-presidencial.html
[3] Correo del Orinoco. Instalada
Comisión Presidencial para el Impulso de las Comunas. 26 de agosto de 2013.
Online en: http://www.correodelorinoco.gob.ve/impacto/instalada-comision-presidencial-para-impulso-comunas/
[4] Romero, Carlos. La parroquia
en el impulso de las Comunas. 07 de febrero 2014. En:
Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. Online en: http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2014/02/las-parroquias-en-el-impulso-de-las.html
[5] Consejo Nacional
Electoral. Resultado electoral municipal
de municipio La Trinidad en Yaracuy.
Recuperado el 25 de julio de 2014. Online en: http://www.cne.gob.ve/resultado_municipal_2013/r/2/reg_200900.html
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