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Justicia de Paz, Sentido Común y Utuntu

Richar Stengel en su libro El Legado de Mandela, nos señala que la palabra utuntu contempla a las personas menos como seres individuales que como parte de una red infinitamente compleja de otros seres humanos.  Responde a la idea de que todos estamos estrechamente ligados unos a otros, de que yo está siempre subordinado a nosotros, de que ningún hombre es una isla.[1]

Ningún hombre es una isla, nos dice Stengel, ¿qué sucede en nuestras comunidades?, ¿somos islas o somos parte de esa red compleja de otros seres humanos?, dos preguntas sobre las cuales pueden reflexionar muy oportunamente los integrantes de cualquier Junta de Condominio. 

Seamos o no islas,  siempre las posibilidades de que exista algún conflicto son reales y la búsqueda de una solución a los mismos será más o menos complicada en la medida que esas islas involucradas se mantengan distantes o existan algunos nexos o vínculos de relación así sean ellos muy básicos.

Una comunidad saludable es aquella que garantiza un nivel de convivencia pacífica razonable, es decir donde hay niveles importantes de amistad, comunicación y armonía en las relaciones que se crean entre uno y otro vecinos y entre todos los que integran esa red compleja de seres humanos.  Cuando esa relación armoniosa se quiebra, entonces ya empieza la comunidad a enfermarse con elementos de intolerancia, de agresividad, de comunicación deficiente o inexistente entre los vecinos que ponen en riesgo la calidad de vida en esa comunidad para todos sus integrantes.

Cuando esos conflictos son de un nivel de complejidad que pueden ser resueltos desde la misma comunidad, sin la participación de normas jurídicas que imponen una solución dictada por un Juez y que exige la participación de un abogado, sino que requiere simplemente que las partes conversen, reconozcan los hechos y lleguen a un acuerdo porque la situación así lo permite, entonces es cuando la justicia de paz aparece como un antídoto para buscar soluciones a los conflictos en la comunidad a través de la participación de los propios actores involucrados y con la facilitación de un tercero que se llama Juez de Paz.

El sistema de Justicia de Paz, está diseñado de una manera tal que se convierte en la mejor herramienta para alimentar y promover que nuestros vecinos y nosotros mismos desarrollemos una mayor capacidad para aplicar el sentido común en las relaciones comunitarias y particularmente en la solución de los conflictos que son inmediatos y que no trascienden más allá de nuestra comunidad o incluso más allá de nuestro edificio.

Juan Gerardo Garza Treviño[2] al hablar de Sentido Común nos indica que en el lenguaje contemporáneo debemos entender por sentido común “buen sentido o sensatez.  Capacidad para juzgar y obrar acertadamente.  Sensatez se aplica a la persona que piensa, habla y actúa de manera acertada o conveniente sin cometer imprudencia.  Una persona que tiene sentido común  se le llama cuerdo, equilibrado,  prudente, razonable.  Tiene como atributos la lucidez, la serenidad y el sano juicio.”

Sensatez, sano juicio y prudencia, son ingredientes claves en una receta que no se aprende en las aulas de una Universidad, y que consigue en la Justicia de Paz la herramienta para impulsar desde la propia comunidad y partiendo de la misma complejidad del ser humano una alternativa para solucionar los conflictos locales que podrían poner en riesgo la armonía básica en la comunidad.

Como bien lo señaló Mago Bendaham[3]el Fundamento de la Justicia de Paz es la necesidad de más sentido común que aplicación de la ley para obtener justicia.”

El Juez de Paz por su propia elección, así como por la misión que persigue se convierte en un actor   clave en la comunidad como un legítimo promotor del sentido común en las relaciones entre los vecinos, por lo tanto la posibilidad de desarrollar sus funciones, sean estas remuneradas o no, dependerá en gran medida en la disposición de la comunidad de aceptar al sentido común como referencia y pacto local para garantizar la convivencia pacífica.

Hannah Arendt, en Los orígenes del totalitarismo, cree que “sólo perdiendo la comunidad el hombre pierde todos sus derechos de golpe y es arrojado fuera de la humanidad[4]”.   Por lo tanto y asumiendo que somos parte de una compleja red de ciudadanos que integran una comunidad, debemos en el marco de la reforma parcial a la Ley del Sistema de Justicia de Paz, preguntarnos ¿a qué comunidad va a contribuir el sistema de justicia de paz, a las comunidades organizadas en Municipios o a las comunidades organizadas en Comunas, son dos realidades y dos dinámicas distintas.

Carlos Romero Mendoza.


[1] STENGEL, Richard.  El Legado de Mandela. Editorial Arte, S.A. Pag 213.
[2] GARZA TREVIÑO, Juan Gerardo.  Sentido común una filosofía para la vida. Ingenierías. Enero-Junio 1998.Vol 1 No.1
[3] XIOMARA, Escalona. La Justicia de Paz y la participación ciudadana en la administración de justicia . Tesis de grado.
[4] RUBIALES, Francisco.  Políticos, los nuevos amos. Almurza. 2007. Pág. 155

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