La gestión integral de residuos y desechos sólidos es
un servicio público que el Estado debe garantizar y el mismo debe ser prestado
de manera continua, regular, eficaz, eficiente e ininterrumpida y en
corresponsabilidad con la comunidad organizada.
El derecho de la comunidad organizada a participar en
esta materia es reconocido por la Ley de
Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos de diciembre 2010 y en
consecuencia, el Estado debe tomar las acciones necesarias para facilitar una
efectiva participación de los ciudadanos.
El acceso a la información, resulta una herramienta muy importante para
lograr satisfacer con éxito esa tarea.
La calidad de la información y la facilidad de acceder
a ella, determina la calidad en la participación ciudadana; una mayor inclusión
de los vecinos en los temas ambientales que impactan a la comunidad y a la
ciudad, permite una mayor sensibilización y facilita el camino de un proceso
educativo, formal y no formal, orientado a mejorar la cultura ambiental.
La información y la educación son aliadas importantes
para una participación efectiva y también para facilitar a cada ciudadano el
cumplimiento de sus propios deberes, pues esa alianza contribuye a una mayor
sensibilización y en consecuencia a una mejor respuesta del ciudadano para:
-Cumplir con las normas y recomendaciones técnicas
establecidas en materia de gestión de desechos y residuos solidos.
-Almacenar los residuos y desechos sólidos con
sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a terceros y
facilitar su recolección.
-Abstenerse a arrojar residuos y desechos fuera de los
sitios, recipientes y contenedores colocados para su acopio; así como de
colocarlos fuera de los horarios establecidos para la recolección.
Para lograr que haya un importante nivel de
cumplimiento de estos tres deberes expresamente señalados en la Ley, resulta
muy útil que la Alcaldía y/o el Concejo Municipal impulsen espacios para la
divulgación, el conocimiento y la discusión de la ordenanza que regula esta
materia, además, de las instituciones locales responsables a nivel local de
garantizar este servicio público.
La aprobación de un horario y colocación de depósitos
sin un proceso previo de sensibilización ciudadana sobre la importancia de esas
acciones, es una apuesta a ciegas al resultado esperado.
Además de estos deberes mencionados, el legislador también
impuso otra obligación, a través de la cual, se puede justificar un programa de
contraloría social sobre desechos y residuos sólidos, se trata del deber que
todo ciudadano tiene de informar a las autoridades competentes de las
infracciones que cometan los generadores y operadores de los residuos y
desechos sólidos, en contra de la normativa existente.
Es oportuno mencionar que el artículo 268 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal, establece expresamente que el Concejo
Municipal mediante reglamento, puede impulsar comisiones de vecinos, a través
de las cuales, éstos puedan vigilar el buen funcionamiento de los servicios
públicos, por lo tanto, si los ciudadanos están obligados a informar a las
autoridades sobre este servicio público, entonces es perfectamente viable crear
esta clase de comisiones como espacio formal e institucional de interacción
entre vecinos y autoridades locales para evaluar y monitorear el servicio
público de gestión integral de desechos y residuos sólidos.
Igualmente, el Concejo Municipal, puede ampliar las
funciones de alguna de sus comisiones permanentes o crear una para facilitar la
discusión y debate con los vecinos sobre esta materia ambiental, de manera que
siempre exista un espacio institucional para la generación de propuestas y
recomendaciones de políticas públicas locales en esta materia,
La participación ciudadana es un derecho[1] pero
también es asumida por el legislador como un deber ciudadano, y en este
sentido, el deber se orienta hacia la participación en programas de reducción
de la generación de residuos y desechos, así como para la recuperación,
reutilización y reciclaje de envases, empaques y afines.
Por último, no podía faltar, la mención expresa en la
Ley de la obligación de pagar las tasas respectiva por servicios prestados por
el municipio, cancelar las multas que haya lugar y otras cargas aplicadas por
las autoridades competentes.
En momentos donde el servicio de recolección de
desechos y residuos sólidos está en crisis, cobra importancia la necesidad de
interactuar ciudadanos y autoridades en la búsqueda de posibles soluciones o
acciones que mitiguen los efectos de la crisis existente. En tal sentido figuras como las mencionadas,
pueden terminar presentando recomendaciones en un cabildo abierto para que
desde ese espacio constitucional se logre aprobar un plan de contingencia, si el
nivel de la crisis así lo exige, de manera corresponsable con los ciudadanos.
Carlos Romero Mendoza.
[1] Carlos Romero.El Ciudadano en la gestión de residuos y
desechos sólidos. En: Algo sobre lo
Municipal.blogspot.com. 22 de agosto de
2014. Online en: http://www.algomunicipal.blogspot.com/2014/08/el-ciudadano-en-la-gestion-de-residuos.html
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