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Una mirada a la información sobre la reforma a la ordenanza del CLPP.

Revisando el nivel de información que el mundo virtual brinda sobre la reforma de la ordenanza del Consejo Local de Planificación en cada municipio del país a los fines de adecuar esa instancia de planificación municipal a la reforma legislativa que la Asamblea Nacional aprobó en diciembre 2010, no queda más que ratificar que estamos ante una instancia desconocida y poco valorada no sólo como espacio de participación ciudadana, sino también como espacio de encuentro entre tres actores fundamentales de la sociedad: alcalde, concejales y ciudadanos en general.

Si recorremos los portales web de las principales alcaldías del país, las cuales nos remiten a las ordenanzas locales, solo la Alcaldía Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registra una nota de prensa en la que da cuenta de la aprobación de la reforma a la ordenanza del CLPP, pero no presenta el contenido de la reforma en su portal; en el caso del Municipio Baruta, el portal web de la Alcaldía no da información alguna al respecto en su espacio dedicado a las ordenanzas y al Concejo Municipal, pero luego buscando la dirección del Concejo Municipal de Baruta, allí si aparece le proyecto de reforma de la ordenanza, pero en ambos casos no hay noticias sobre el destino final de ese proyecto de reforma de ordenanza.

La ausencia de suficiente información institucional sobre la reforma a la ordenanza del CLPP y sus implicaciones, también se aprecia en los medios de comunicación impresa a nivel de cada región del país, un monitoreo a esos medios vía edición digital, permite sólo conocer la situación en 8 municipios del país, veamos algunos de esos casos:

-Anaco, estado Anzoátegui: Dos veces el diario El Tiempo de Oriente de Puerto La Cruz, ha reseñado al CLPP de Anaco, la primera nota data del 27 de enero de 2011 en la cual destaca una reunión especial en la que se hizo una consulta pública sobre la reforma a la ordenanza del CLPP y en donde se oyeron las inquietudes y observaciones de los vecinos en esta materia y luego en febrero se anunciaba que ya estaban registrados debidamente el 52% de los Consejos Comunales para el proceso de relegitimación del CLPP Anaco.

-Municipio Diego Bautista Urbaneja, estado Anzoátegui: La primera nota de prensa que debo destacar es de Nueva Prensa de Guayana y con fecha 15 de marzo de 2011, se señala que los vecinos pedían en asamblea al alcalde que promulgue la reforma a la ordenanza del CLPP, la cual fue producto de una iniciativa vecinal; luego el 16 de marzo aparece en El Tiempo de Oriente una información donde se anunciaba como hecho realizado la relegitimación de los voceros del CLPP. El 18 de marzo de 2011 el mismo diario publica una nota dando cuenta de la aprobación de la ordenanza y sobre una elección no ajustada a la ley del CLPP.

-Municipio Mariño, estado Aragua: el diario El Aragueño, informaba con fecha 11 de marzo de 2011 que el proceso de elecciones para la relegitimación del CLPP se posponía motivado a la poca receptividad de los vecinos en sus postulaciones, ello lleva a interpretar que previamente ya han reformado la ordenanza al CLPP de ese municipio.

-En Boconó, estado Trujillo: El Tiempo de Valera, publica con fecha 8 de febrero una nota de prensa en la que anuncia la primera reunión del CLPP del año 2011 y en ella los puntos abordados fueron los proyectos ante el Consejo Federal de Gobierno, así como también la reforma a la ordenanza del CLPP y la creación de una comisión para promover el tema en las comunidades.

Por último, el Municipio Caroní, estado Bolívar, anunciaba en febrero que estaban en los preparativos para elegir voceros de las parroquias ante el CLPP y el Municipio Guaicaipuro del estado Miranda el 28 de enero anunciaba la aprobación de la reforma a la ordenanza de ese CLPP.

Recordemos, que en la reforma a la ley del CLPP realizada en el año 2006 también se había previsto la figura de una sanción económica si no se cumplía con un tiempo de 90 días para relegitimar al Consejo Local de Planificación Pública, en esa reforma se incorporó una nueva modalidad de elección de voceros. Hoy unos 4 años más tarde otra reforma se aleja mucho más del voto universal, secreto y directo de los voceros del CLPP, e incorpora la figura de las Comunas, lo único que repite de aquella reforma es la receta de establecer una sanción económica de no cumplirse con un tiempo para la adecuación del CLPP a la nueva ley.

La reforma a la ordenanza del CLPP se ha materializado como cumplimiento a la legalidad y como reacción de nuestros representantes a no ser sancionados, con esto las Comunas han entrado a formar parte del CLPP, aún cuando hay una serie de dudas que se originan por:

1.- La ausencia de reglas claras y concretas sobre la extensión y la división territorial que en el ámbito del territorio municipal impone la Comuna.

2.- Las dificultades en el registro de algunos Consejos Comunales que hacen vida en el municipio, pues para participar en un referendo que valide la existencia de una Comuna y la elección de algunos voceros de la Comuna, se requiere de personalidad jurídica y la misma según la ley se consigue con el registro valido.

3.- La discriminación que ocurrirá con aquellos Consejos Comunales que siendo válidamente registrados no cuenten con un vocero de ordenación y gestión territorial, pues según la Ley de Comunas, cada Consejo Comunal será representado ante el CLPP por el vocero en esta área.

4.- La ausencia de control por parte del Municipio del registro de las organizaciones socio-productivas, que garanticen la transparencia e igualdad en la participación ante el CLPP, además de la propia dificultad de entender la naturaleza de estas formas de organización.

Las dudas y las incertidumbres que hay sobre la arquitectura comunal que se impone y por ende sobre el impacto real y político de esta reforma a la ordenanza del CLPP, se ve agravada con la ausencia de suficiente información, de espacios de formación y de debates sobre la materia, lo cual debilita cualquier intento de participación ciudadana.

Sin duda los tiempos son muy confusos, llenos de mucha turbulencia política, y con aires preelectorales, con esta situación del CLPP, somos testigos de cómo el municipio ha quedado arrinconado por acción de las leyes, inconstitucionales, por el Poder Público Nacional. Por ahora los municipios se han quedado sin un CLPP que actúe bajo la estructura que se tenía, pero también sin un CLPP que pueda actuar bajo la estructura que se plantea hasta un nuevo aviso.



Carlos Romero.

Nota: Los datos particulares de cada una de las notas de prensa están registradas en este etiqueta de este blog.

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