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El CLPP Zamora en Aragua y la polémica sobre su ordenanza II

Con fecha 16 de noviembre de 2011, bajo la firma de Jeanferich Ontiveros, El Aragueño informa sobre la polémica de la ordenanza del CLPP en el Municipio Zamora. La nota dice:

En representación de los movimientos sociales que hacen vida en el municipio Zamora, el vocero del consejo comunal Centro de Villa de Cura, José Álvarez, denunció inconstitucionalidad en la Ordenanza del Consejo Local de Planificación, que fue publicada por el Concejo Municipal el pasado 13 de octubre.

Explicó que tal y como lo establece la Ley promulgada el 30 de diciembre de 2010, el Poder Popular organizado consignó ante la Cámara una propuesta de ordenanza, de conformidad con las disposiciones del artículo 277 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Tras la instalación y ratificación en el municipio del Consejo Local de Planificación, el pasado 31 de marzo, Álvarez relató que se han dirigido ante la Asamblea Nacional y las tres instancias que conforman en Poder Moral, solicitando la interpretación de la ordenanza y procedimiento por inconstitucionalidad.

El también representante del Movimiento de Pobladores de Zamora mencionó que la ordenanza publicada por el Concejo Municipal el pasado 13 de octubre “violenta el ordenamiento jurídico con respecto a la propia Ley de los Consejos de Planificación, así como también el ordenamiento constitucional y leyes que rigen el Poder Popular”.

Refirió que ante el vencimiento del Consejo Local de Planificación, determinaron acatar lo que establece la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en sus artículos 30, 31, 32 y 33, de modo que se ha cumplido con la elección de los representantes ante el consejo, en algunos sectores como La Sierra del Sur, Valles de Tabiguay y el resto de las entidades locales, comunas y parroquias.

Agregó que la semana pasada introdujeron ante el despacho de la Sindicatura y la Cámara Municipal la solicitud de reconsideración y opiniones jurídicas sobre la ordenanza publicada el pasado mes.

Denunció elección “a dedo”

“Nosotros instamos al alcalde Aldo Lovera y a los representantes de la Cámara de Zamora que respondan por los hechos irregulares que han cometido al designar a los miembros de las juntas parroquiales a dedo, y ratificar el consejo a dedo, sin cumplir con los parámetros de la Ley”, expresó.

Álvarez refirió que como ciudadanos han recurrido al área conciliatoria que viene siendo el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) por medio de la entrega de los soportes a la dirección nacional, para dejar claro que no se están violentando las normas y estatutos de la organización partidista, al tomar la iniciativa de hacer la situación del conocimiento público a través de la prensa.

“Hemos agotado la vía administrativa y la vía política, ellos deben acogerse a las premisas de la revolución, que es la construcción del Poder Popular, en vista de que han transcurrido meses esperando respuesta por parte de la Alcaldía y la Cámara hemos introducido la semana pasada la documentación a través de la cual solicitamos el proceso”, expresó.

“Que asuman responsabilidades”
Precisó que se amparan en el cumplimiento de los artículos 51 y 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que expresan que “todos los actos que contravengan a la Constitución y a las leyes son de nulidad absoluta, y quienes ejecuten los mismos, deben acogerse a las responsabilidades civiles, penales y administrativas que esto contravenga”.

El representante del Movimiento de Pobladores de Zamora tomó las palabras emitidas por el presidente de la Asamblea Nacional, quien refirió que en el país es necesario “acabar con el relajo, terminar de derrumbar las viejas estructuras del Estado burgués y fundar las bases para establecer el Estado socialista”.

En compañía de representantes de diversos frentes sociales y consejos comunales de la jurisdicción zamorana, Álvarez instó tanto al alcalde Aldo Lovera como a los representantes del Concejo Municipal a que respeten la revolución. “La dirección nacional del Psuv, regional y municipal, debe entender que no pueden privar en el municipio intereses particulares sobre el pueblo soberano.

http://www.elaragueno.com.ve/region/articulo/13717/denuncian-inconstitucionalidad-en-ordenanza-del-consejo-local-de-planificacion-publica

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